Fumigaciones en Entre Ríos: la Fiscalía defiende las distancias mientras crece la polémica judicial y social

Fumigaciones en Entre Ríos: la Fiscalía defiende las distancias mientras crece la polémica judicial y social

La discusión sobre las fumigaciones en Entre Ríos volvió al centro del debate judicial y social. En el marco de un amparo ambiental presentado por Gerardo Ariel Gareis, vecino de Aldea Salto (Departamento Diamante), la Fiscalía de Estado salió a defender la constitucionalidad de los artículos 63º y 66º de la Ley N.º 11.178, sancionada en diciembre de 2024, que regulan las distancias mínimas para la aplicación de productos fitosanitarios.
Gareis denunció que las fumigaciones aéreas y terrestres con agrotóxicos realizadas por sus vecinos, en parcelas linderas a su vivienda, habrían generado daños genéticos comprobados en su hija menor, además de poner en riesgo la salud de su familia y vulnerar el derecho a un ambiente sano. La vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná, Adriana Beatriz Acevedo, hizo lugar a una medida cautelar y ordenó la suspensión inmediata de fumigaciones aéreas con drones en la zona afectada.
La Fiscalía, en su presentación, sostuvo que la ley aprobada por la Legislatura entrerriana respeta los principios constitucionales y que las distancias establecidas —que permiten fumigar con drones a 10 metros de viviendas— no vulneran derechos fundamentales. Esta postura generó fuertes críticas por parte de organizaciones socioambientales, que consideran que la normativa retrocede en materia de protección ambiental y desconoce fallos judiciales previos que fijaban distancias mucho mayores.
El caso de Gareis no es aislado. En distintos puntos de la provincia, vecinos y colectivos ambientales han denunciado situaciones similares, señalando que la cercanía de las fumigaciones a escuelas, viviendas y cursos de agua representa un riesgo grave y sostenido. El debate se intensifica en un contexto donde el modelo agroindustrial dominante choca con los reclamos por salud pública y derechos ambientales.
La ley N.º 11.178, titulada “De las buenas prácticas en materia fitosanitarios”, fue presentada como una herramienta de regulación técnica, pero sus críticos la denominan el “proyecto del veneno”, por considerar que prioriza los intereses del agronegocio sobre la salud de la población.
La resolución del caso Gareis podría sentar jurisprudencia sobre la validez de las distancias mínimas y el alcance de las medidas cautelares en materia ambiental. Mientras tanto, la tensión entre producción y protección sigue creciendo, y la pregunta de fondo permanece abierta: ¿cuál es el límite entre el derecho a producir y el derecho a vivir sin veneno?

 

Te puede interesar

“Alerta sanitaria: aumentan los casos de bebés con síndrome de abstinencia en Argentina”

Editor

“Empleados de comercio: básicos desde $1,2 millones en julio”

Editor

“Adorni renunció como jefe de Gabinete, pero ahora podrá cobrar $94 millones mensuales como director de YPF”

Editor