La disputa judicial por la derogación de la Ley de Tierras ingresó en una etapa decisiva. La Corte Suprema de Justicia de la Nación avanzó con la designación de dos conjueces para destrabar las diferencias existentes dentro del propio tribunal y acelerar una resolución sobre la validez del artículo 154 del DNU 70/23, la norma impulsada por el Gobierno de Javier Milei que eliminó las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros
La decisión revela la importancia institucional y política que adquirió el expediente. Los ministros de la Corte no lograron alcanzar una posición unánime respecto de cómo resolver el conflicto, situación que obligó a incorporar a los magistrados Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci como conjueces para completar la integración necesaria y avanzar hacia un fallo definitivo.
Además, el máximo tribunal redujo a apenas 24 horas el plazo para formalizar la integración, una señal inequívoca de que busca imprimir mayor velocidad a una causa que genera fuerte repercusión política, económica y social.
En el centro de la controversia se encuentra la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras, que durante años estableció límites a la adquisición de campos por parte de personas y empresas extranjeras. El artículo 154 del DNU 70/23 eliminó esas restricciones como parte del amplio paquete de reformas impulsadas por el Gobierno nacional con el objetivo de desregular la economía y fomentar inversiones.
Sin embargo, distintos sectores políticos, sociales y ambientalistas consideran que la medida excede las facultades del Poder Ejecutivo y compromete aspectos estratégicos vinculados con la soberanía territorial, la protección ambiental y la preservación de recursos naturales. Precisamente sobre esa base se sustenta la demanda impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, organización que reclama la declaración de inconstitucionalidad de la norma.
Los demandantes argumentan que la derogación afecta derechos colectivos relacionados con el ambiente, los pueblos originarios y el control nacional sobre territorios considerados estratégicos. También sostienen que la cuestión trasciende una mera discusión económica y se vincula directamente con el patrimonio natural del país y las futuras generaciones.
El expediente se inició en diciembre de 2023 ante la Justicia Federal de Bariloche y posteriormente pasó a otras instancias sin que se resolviera el fondo de la cuestión. Ahora, con la intervención de la Corte Suprema y la incorporación de conjueces, todo indica que el caso se encuentra más cerca de una definición de alcance nacional.
La resolución que adopte el tribunal podría convertirse en uno de los fallos más relevantes desde la llegada de Milei a la Presidencia. No solo porque determinará si el artículo 154 del DNU 70/23 se ajusta o no a la Constitución, sino porque también establecerá criterios sobre los límites del uso de los decretos de necesidad y urgencia para modificar leyes aprobadas por el Congreso.
En los hechos, la discusión excede la cuestión jurídica y abre un debate profundo sobre el modelo de desarrollo que pretende el país. Mientras algunos sectores consideran que flexibilizar la adquisición de tierras puede atraer inversiones y dinamizar la economía, otros advierten sobre el riesgo de una creciente extranjerización de territorios estratégicos vinculados a recursos hídricos, producción agropecuaria y reservas naturales.
Con los tiempos acelerados por la propia Corte y la expectativa concentrada en una decisión inminente, el futuro de la Ley de Tierras se encamina hacia un capítulo determinante. Lo que resuelva el máximo tribunal podría redefinir no solo la vigencia de una norma histórica, sino también el delicado equilibrio entre apertura económica, soberanía territorial y protección de los recursos estratégicos de la Argentina.
