Ley de Emergencia en Discapacidad: promulgada pero suspendida — entre la urgencia social y la cautela fiscal

Ley de Emergencia en Discapacidad: promulgada pero suspendida — entre la urgencia social y la cautela fiscal

 

Tras semanas de tensión institucional y presión social, el Gobierno nacional promulgó la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, luego de que el Congreso ratificara la norma con mayoría agravada, rechazando el veto presidencial emitido en agosto. Sin embargo, la promulgación vino acompañada de una decisión que generó fuerte controversia: su ejecución quedó suspendida hasta que se definan las partidas presupuestarias en el marco del Presupuesto Nacional 2026.
La ley, que declara la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2026 (con posibilidad de prórroga), contempla medidas clave para el sector:
• Creación de una Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, equivalente al 70% del haber mínimo, con actualización previsional y compatibilidad laboral hasta dos salarios mínimos.
• Conversión automática de las pensiones vigentes, sin necesidad de trámite adicional.
• Cobertura médica garantizada a través del Programa Incluir Salud y las prestaciones de la Ley 24.901.
• Compensación económica a prestadores por la brecha entre aranceles y la inflación acumulada entre diciembre 2023 y diciembre 2024.
• Exención del 50% de contribuciones patronales por tres años para empleadores que contraten personas con discapacidad.
• Fortalecimiento de ANDIS en auditorías, gestión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) y transparencia operativa.
¿Por qué se suspendió la ejecución?
El Ejecutivo, mediante el Decreto 681/2025, invocó los artículos 5° de la Ley 24.629 y 38 de la Ley 24.156, que establecen que toda norma con impacto fiscal debe contar con financiamiento específico antes de su aplicación. Según estimaciones oficiales, la implementación de la ley demandaría:
• $3,02 billones en 2025 (0,35% del PBI)
• $5,21 billones en 2026, sumando pensiones, salud y compensaciones
El Gobierno argumentó que el crédito disponible sin afectar otras áreas sociales es insuficiente, y que será el Congreso quien deberá definir cómo se financiará esta política en el Presupuesto 2026, enviado el 15 de septiembre.
Reacciones y tensiones
La suspensión generó malestar en organizaciones de discapacidad, prestadores de servicios y familiares, que ven en esta ley una respuesta largamente esperada a años de precarización y abandono. La ratificación legislativa había sido celebrada como un triunfo colectivo, pero la decisión del Ejecutivo de frenar su aplicación fue interpretada como una dilación política.
Desde sectores opositores se cuestionó la falta de voluntad real para implementar la ley, mientras que desde el oficialismo se insiste en que la responsabilidad fiscal debe primar para evitar desequilibrios presupuestarios.

La Ley 27.793 está promulgada, pero no ejecutable. Su futuro depende de una discusión presupuestaria que deberá equilibrar urgencia social y sostenibilidad fiscal. Mientras tanto, miles de personas con discapacidad siguen esperando que el Estado cumpla con su rol de garante de derechos.

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