La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció este martes una modificación clave en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). A partir del 1 de julio de 2025, las compras realizadas en supermercados por montos inferiores a $10 millones serán consideradas como operaciones de consumidor final y quedarán exceptuadas del tributo.
La medida, establecida en la Resolución General 5710/2025, busca simplificar el sistema tributario y reducir la carga administrativa para los comercios de consumo masivo de alimentos. Hasta ahora, los supermercados debían aplicar el régimen de percepción del IVA a clientes que no acreditaran su condición tributaria, lo que generaba complicaciones en la operatoria diaria.
La nueva disposición afecta a supermercados mayoristas, hipermercados, supermercados minoristas y minimercados, incluyendo autoservicios y mercaditos que comercializan carnes, verduras y otros productos alimenticios en conjunto. Según la normativa, cuando el monto total de la compra no supere los $10 millones, el vendedor podrá asumir que el comprador es un consumidor final sin necesidad de exigir documentación adicional.
Desde ARCA explicaron que la modificación se enmarca en la continuidad de las acciones de simplificación tributaria impulsadas por el Gobierno nacional. Además, la medida se alinea con el reciente cambio en el régimen de emisión de comprobantes, que también elevó a $10 millones el monto base para identificar a los consumidores finales.
La decisión generó diversas reacciones en el sector comercial. Mientras algunos empresarios celebraron la simplificación del sistema, otros advirtieron que la medida podría facilitar la evasión fiscal en grandes compras realizadas por empresas que no acrediten su condición tributaria.
Si necesitas ajustes en el tono o enfoque de la nota, dime cómo te gustaría que se presente.
