El Tribunal Oral Federal N° 6 dictó sentencia en uno de los casos más graves de la historia democrática reciente: el intento de asesinato contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Los principales acusados, Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, fueron condenados a 10 y 8 años de prisión, respectivamente, por el ataque ocurrido el 1 de septiembre de 2022 frente al domicilio de la exmandataria en Recoleta.
¿Qué resolvió el tribunal?
• Fernando Sabag Montiel, quien gatilló el arma a centímetros de la cabeza de Cristina Kirchner, fue condenado por intento de homicidio doblemente agravado por alevosía y uso de arma de fuego.
• Brenda Uliarte, pareja del agresor y coautora del plan, recibió una pena de 8 años, también por tentativa de homicidio agravado.
• Nicolás Carrizo, líder del grupo conocido como “los copitos”, fue absuelto, tal como se preveía, por falta de pruebas directas que lo vincularan con la ejecución del ataque.
Los fundamentos del fallo serán dados a conocer el 9 de diciembre, fecha que podría marcar un nuevo capítulo judicial si alguna de las partes decide apelar.
Un caso que conmocionó al país
El intento de magnicidio generó una ola de repudio nacional e internacional. El arma utilizada por Sabag Montiel estaba cargada, pero no se disparó por razones técnicas. Las imágenes del momento recorrieron el mundo y pusieron en evidencia el nivel de violencia política que atraviesa la Argentina.
Durante el juicio, se reconstruyó el vínculo entre los acusados, sus movimientos previos al atentado y el contenido de sus teléfonos, que revelaron conversaciones sobre el ataque. La fiscalía había solicitado penas aún más altas, pero el tribunal consideró atenuantes y agravantes para cada caso.
Impacto político y social
La condena llega en un contexto de alta polarización, donde sectores del oficialismo consideran que el atentado fue minimizado por parte de la oposición y algunos medios, mientras que otros cuestionan el uso político del caso. La absolución de Carrizo también genera debate, ya que su rol como organizador del grupo había sido señalado como clave en la planificación.
Este fallo no solo cierra una etapa judicial, sino que deja abierta una discusión profunda sobre los límites del discurso de odio, la seguridad de los dirigentes y el estado de la democracia argentina.
